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En DISTRIBUIDORA WILSON SAS, estamos comprometidos a ofrecer productos de calidad que cumplan con las necesidades de nuestros clientes, respaldando su compra bajo los términos establecidos en la Ley 1480 de 2011 – Estatuto del Consumidor, el Código de Comercio y las disposiciones de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).

 

A continuación, se establecen nuestras políticas de garantía:

 

1. Cobertura de la Garantía

•    Todos los productos cuentan con la garantía legal mínima otorgada directamente por el fabricante, el importador y/o el distribuidor autorizado.

•    La garantía cubre defectos de fabricación, idoneidad, calidad y funcionamiento, bajo condiciones normales de uso.

 

No aplica en los siguientes casos:

•    Uso inadecuado o distinto al recomendado.

•    Manipulación indebida, golpes, caídas, contacto con agentes químicos o factores externos.

•    Instalación incorrecta realizada por personal no autorizado.

•    Desgaste natural del producto por el uso normal o paso del tiempo.

•    Daños ocasionados por fenómenos de fuerza mayor o caso fortuito (humedad, incendios, inundaciones, sobrecargas eléctricas, etc.).

 

2. Plazo de la Garantía

•    El término de garantía depende de cada producto y está especificado en la factura de compra o en la póliza del fabricante.

•    Conforme al artículo 8 de la Ley 1480 de 2011, la garantía mínima legal para bienes muebles será la indicada por el productor o proveedor y nunca podrá ser inferior a         la razonable expectativa de duración del bien.

•    Para hacer efectiva la garantía, el cliente deberá presentar la factura de compra o comprobante equivalente.

 

3. Procedimiento para Reclamar la Garantía

•    El cliente deberá acercarse a la ferretería con el producto y la factura de compra.

•    El producto será revisado por nuestro personal; si es necesario, se enviará al fabricante, importador o proveedor autorizado para su evaluación técnica.

•    El tiempo de respuesta estará sujeto a las políticas del fabricante/proveedor, pero en todo caso se dará cumplimiento al artículo 29 de la Ley 1480 de 2011, que obliga a        atender la garantía en un término máximo de 30 días calendario.

 

4. Soluciones de Garantía

•    En caso de aprobarse el reclamo de garantía, el cliente podrá recibir:

•    Reparación gratuita del producto.

•    Cambio por un producto nuevo o equivalente.

•    Nota crédito redimible en la ferretería (cuando el fabricante/proveedor lo disponga o el producto ya no exista en inventario).

•    En todo caso, la decisión corresponde al productor o proveedor, conforme al Estatuto del Consumidor.

 

5. Políticas para Productos en Promoción, con Descuento o de Segunda Calidad

•    Los productos adquiridos en promoción, descuentos especiales, saldos o de segunda calidad (comercial) también cuentan con garantía legal, salvo que la reducción de        precio obedezca exclusivamente a la circunstancia que genera el descuento y esta se haya informado de manera clara, veraz y oportuna al consumidor.

La garantía no cubrirá el defecto específico que dio lugar al descuento, siempre que:

•    El cliente haya sido informado expresamente antes de la compra.

•    El defecto esté claramente descrito en la factura, etiqueta o aviso visible en el establecimiento.

•    En todo caso, dichos productos mantienen cobertura de garantía frente a otros defectos distintos a los informados, como lo establece el artículo 16 de la Ley 1480 de            2011.

 

6. Exclusiones Generales

•    No tendrán garantía los productos que presenten daños ocasionados por factores externos ajenos al proceso de fabricación, tales como: sobrecargas eléctricas, humedad, fuego, caídas, manipulación indebida o uso no autorizado.

•    Los productos que se vendan expresamente como remanufacturados, reparados o usados deberán estar claramente identificados y su garantía se ajustará a lo informado al consumidor en el momento de la compra.

 

7. Disposiciones Finales

•    La interpretación y aplicación de estas políticas se ajustan a la Ley 1480 de 2011 y demás normas vigentes en materia de protección al consumidor.

•    En caso de conflicto, prevalecerán las disposiciones legales sobre las aquí contenidas.

Para mayor información o reclamaciones, el cliente podrá acudir directamente a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), autoridad competente en materia de protección al consumidor en Colombia.



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